DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0086/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0086/2015

Fecha: 27-Mar-2015

art. 27

El art. 27 referido a las facultades del órgano ejecutivo en su inciso b), señala: “Administrativa, cuando organiza y dispone de los recursos públicos municipales para ejecutar y hacer cumplir las disposiciones del Gobierno Autónomo Municipal”, texto del cual se puede señalar que es incompatible con la Constitución Política del Estado; toda vez que, los arts. 272 y 283 de la CPE, señalan como facultades del ejecutivo la reglamentaria y la ejecutiva; motivo por el cual, el texto debe reformularse en ese sentido; por otro lado, la SCP 2055 /2012 de 16 de octubre, ha señalado que dentro de la facultad ejecutiva se encuentra inmersa las otras que el órgano ejecutivo tenía con la vigencia de la Ley de Municipalidades abrogada, como es la facultad administrativa y técnica; razón por la cual, la carta no puede desarrollar estas facultades de manera independiente a lo establecido por la Norma Suprema.