DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0086/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0086/2015

Fecha: 27-Mar-2015

I.

El Concejo Municipal se reúne en sesiones, el cual fijara el número de sesiones Ordinarias por semana y realizara sesiones extraordinarias cuanta veces sea necesario de acuerdo a Reglamento Interno. El quórum para llevar adelante las sesiones será de la mitad más uno de los miembros del en ejercicio del Concejo.

i)   El ámbito jurisdiccional. Se refiere a que la competencia que le haya sido asignada a un nivel de gobierno por el sistema de distribución competencial de la Constitución, deberá ser ejercicio únicamente en la jurisdicción que dicho nivel de gobierno administra y gobierna. Así lo establece la Constitución en su art. 272, al señalar que los órganos de gobierno autónomo ejercerán las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva en el ámbito de su jurisdicción y competencias y atribuciones.