DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0086/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0086/2015

Fecha: 27-Mar-2015

Artículo 71º

II. La prestación del servicio de agua potable y saneamiento básico es de alta prioridad municipal, podrá ser otorgada de forma directa o a través de terceros en condiciones que garanticen la calidad, continuidad, eficiencia administrativa, mantenimiento adecuado y la más amplia cobertura, cumpliendo la protección especial establecida por la constitución política del estado.