DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0086/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0086/2015

Fecha: 27-Mar-2015

art. 83

El art. 83 referido al régimen de los pueblos indígenas originario campesinos, en su parágrafo I, señala: “Se reconoce la preexistencia del Pueblo Indígena Baure en la Jurisdicción Municipal de Baures, velando por la protección de sus normas y procedimientos propios, rasgos sociales, culturales, idioma y otros”, texto del cual se puede advertir que es incompatible con la Constitución Política del Estado, en sentido de que la norma básica institucional que está sujeta a la Ley Fundamental no puede reconocer la preexistencia de pueblos indígena originario campesinos; toda vez que, el único instrumento idóneo para aquello es la Norma Suprema que conforme a su art. 2 ya ha realizado aquello; por lo que, debe ser reformularlo el contenido sometido a análisis; dejando claro que la carta puede reconocer la presencia de las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos dentro de la jurisdicción municipal.