DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0086/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0086/2015

Fecha: 27-Mar-2015

art. 43

El art. 43 referido a constitución y actividades fiscalizadoras señala que: “Las Empresas Municipales podrán ser de orden público o sociedades anónimas mixtas con personalidad jurídica y patrimonio propio, constituido en sujeción al Código de Comercio y la Constitución Política del Estado y sujeto al control y fiscalización del Gobierno Autónomo Municipal de Baures y demás órganos competentes”, texto del cual se puede advertir que es incompatible con la Constitución Política del Estado en su integridad porque: a) Son conceptos distintos el tema de una empresa municipal de orden público y el de una empresa municipal que funciona bajo la modalidad de sociedad anónimas mixtas; y, b) En lo referente a los demás “órganos competentes”; este texto al ser tan genérico abre la posibilidad a que no sea sólo el órgano legislativo municipal de Baures en su facultad fiscalizadora quien pueda realizar este acto, pues existiría la imprecisión de que pueda ser los de las otras ETA’s o niveles de gobierno, aspecto que vulnera la seguridad jurídica que toda norma debe contener conforme el art. 9.2 de la CPE.