DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0086/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0086/2015

Fecha: 27-Mar-2015

art. 30

El art. 30 referido a sub alcaldes (as) en su parágrafo II señala que: “Son elegidos por voto de manera directa y en el o los distrito Indígenas Originario Campesinos son elegidos por normas y procedimientos propios”, texto del cual se puede advertir que es incompatible con la Constitución Política del Estado; toda vez que, la carta orgánica no puede establecer cuestiones que no le han sido conferidas competencialmente; en este caso la elección de subalcaldes por voto; en razón a que conforme el art. 298.II.1 de la CPE, señala: “Régimen electoral nacional para la elección de autoridades nacionales y subnacionales, y consultas nacionales”, es competencia exclusiva del nivel central del Estado; por ello, el contenido debe ser reformulado respetando lo ya señalado y establecido de manera correcta para los sub alcaldes de los distritos indígena originario campesinos.