DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2016

Fecha: 10-Ago-2016

Artículo 31.- (SALUD)

I. El Gobierno Autónomo Municipal de Uncía, en el marco de las competencias establecidas en la Constitución Política del Estado y la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, tiene a su cargo la infraestructura, equipamiento de primer y segundo nivel de atención en salud, medicina tradicional y está en la obligación de fortalecer e implementar conjuntamente con instancias regionales, departamentales  y nacionales, organizaciones indígena originaria campesinas, cívicas, vecinales, población en general, el Sistema Único de Salud como estrategia nacional, para lo cual se ha diseñado una Política de Salud Familiar Comunitaria e Inter-cultural SAFCI, tal como lo establece la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia.

II. El Gobierno Autónomo Municipal de Uncía, en coordinación con las autoridades en salud, las organizaciones e instancias que correspondan, realizarán de forma periódica una cumbre para la evaluación y mejoramiento de la calidad de la salud en el municipio, cuyas conclusiones tendrán carácter vinculante a nivel municipal.