DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0114/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0114/2016

Fecha: 11-Ago-2016

(Antes 129)

(Antes 129) ARTÍCULO 119º (INTOLERANCIA A LA CORRUPCIÓN).- Por ninguna razón, los ciudadanos, ciudadanas, actores de la representación social, y actores del Gobierno Autónomo Municipal, tolerarán los actos de corrupción, tanto en la administración del Estado. Ante la existencia de hechos de corrupción, se deberán denunciar ante las instancias correspondientes las irregularidades identificadas”.