DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0114/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0114/2016

Fecha: 11-Ago-2016

“La jurisdicción territorial del sindicato agrario, comunitario, o junta vecinal, estarán dentro la jurisdicción territorial de la central agraria, comunitaria, o vecinal, y de dentro la jurisdicción territorial del distrito”,

Sobre esta disposición pesaban dos cargos de incompatibilidad, el primero relativo al término “Autónomo”, el cual ha sido suprimido, levantándose este primer cargo. Luego, la Declaración primigenia también observó la frase: “La jurisdicción territorial del sindicato agrario, comunitario, o junta vecinal, estarán dentro la jurisdicción territorial de la central agraria, comunitaria, o vecinal, y de dentro la jurisdicción territorial del distrito”, en atención a que implicaba una regulación extra competencial sobre la jurisdicción territorial de otras formas de organización ajenas a la institucionalidad municipal; evidenciándose ahora que el estatuyente de Villa Tunari ha suprimido dicha frase.