DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0114/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0114/2016

Fecha: 11-Ago-2016

Artículo 191º (Participación Social).-

Artículo 191º (Participación Social).- La gestión pública del Gobierno Autónomo Municipal de Villa Tunari, se realizará con participación social efectiva, debiendo para ello la ciudadanía, comunidad o sociedad civil, organizarse mediante un sistema integral de representación social -que incluya a hombres, mujeres, jóvenes, adolescentes, niñez, adultos mayores, personas con discapacidad, pueblos y naciones indígenas originarios campesinos, actores de las actividades económica y trabajadores-, sin discriminación alguna. Los pueblos y naciones indígenas originarios campesinos podrán establecer sus propios espacios y formas de participación y control social, sin que ello signifique excluirlos de los espacios generales de participación y control social.