DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0085/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0085/2017

Fecha: 04-Oct-2017

3.

1.    Legislar, reglamentar y ejecutar el Plan Territorial de Desarrollo Integral  Municipal, incorporando los criterios del desarrollo humano, con equidad de género e igualdad de oportunidades, en sujeción a ley especial, conforme a las normas del Sistema de Planificación Integral del Estado y en concordancia con el Plan de Desarrollo Departamental y los planes municipales, indígena originario campesino

1.    Conforme establece la Política Exterior del Estado Plurinacional, el Gobierno Autónomo Municipal de San Pablo de Huacareta para su fortalecimiento institucional y el desarrollo integral de su jurisdicción, suscribirá  acuerdos interinstitucionales de carácter internacional e instrumentos autonómicos internacionales con otras entidades subnacionales de otros Estados y organizaciones internacionales al mismo nivel subnacional.

6.    La Ley de Contratos, garantizara que la misma se ajuste a los principios de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia de los procedimientos, y no discriminación e igualdad de trato entre los candidatos, y de asegurar, en conexión con el objetivo de estabilidad presupuestaria y control del gasto, una eficiente utilización de los fondos destinados a la realización de obras, la adquisición de bienes y la contratación de servicios mediante la exigencia de la definición previa de las necesidades a satisfacer, la salvaguarda de la libre competencia y la selección de la oferta económicamente más ventajosa. Cada Órgano de Gobierno reglamentara su procedimiento interno por separado

9.    Los Convenios Interinstitucionales con personas naturales o colectivas, privadas, públicas que no sean un Nivel de Gobierno, para el desarrollo y cumplimiento de sus atribuciones, competencias y fines, su procedimiento, causales de suscripción, contenido deberán ser normados mediante Ley Municipal.

10. Los Convenios Intergubernativos suscritos entre otros gobiernos autónomos o el nivel central del Estado y sus empresas públicas del nivel central para la implementación conjunta de planes, programas o proyectos concurrentes en el marco de las competencias exclusivas, concurrentes y compartidas y probadas, así como su ejercicio coordinado de competencias se realizara conforme a la Ley Nacional de Acuerdos y Convenios Intergubernativos.

1.    Legislar, reglamentar y ejecutar proyectos de fuentes alternativas y renovables d energía preservando la seguridad alimentaria de alcance municipal en sistemas aislados conforme a norma del Gobierno Autónomo Departamental, y para el Sistema Interconectado Nacional, conforme a norma del nivel Central del Estado.