DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0085/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0085/2017

Fecha: 04-Oct-2017

Artículo 78. Riego.

Corresponde al Gobierno Autónomo Municipal la competencia exclusiva en materia de protección en gestión de riesgos y atención desastres naturales que incluye, en todo caso, la regulación, la planificación y ejecución de medidas relativas a las gestión de riesgos y atención desastres naturales, así como la dirección y coordinación de los servicios atención de desastres naturales, que incluyen los servicios de prevención y extinción de incendios respetando las competencias del Estado en materia de Gestión de Riesgos y Atención de Desastres Naturales.

2.    El Gobierno Autónomo Municipal en el marco del desarrollo de las competencias concurrentes garantizara el desarrollo de acciones orientadas a promover la seguridad ciudadana en jurisdicción municipal, articulándose a este efecto con los planes y programas existentes a nivel Departamental y Nacional.