DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2018

Fecha: 25-Jul-2018

ética, transparencia

Al respecto el art. 270 de la CPE, establece que dentro la estructura del Estado, regirá, entre otros, el principio de transparencia, que tiene como finalidad principal el precautelar sus intereses, así también, el art. 232 de la CPE establece que “La Administración Pública se rige por los principios de legitimidad, legalidad, imparcialidad, publicidad, compromiso e interés social, ética, transparencia, igualdad, competencia, eficiencia, calidad, calidez, honestidad, responsabilidad y resultados” (negrillas agregadas).

De la disposición adecuada, se advierte que el estatuyente de Villa José Quintín Mendoza “San Benito”, a tiempo de modificar el contenido de la disposición observada, tomó en cuenta los preceptos constitucionales citados ut supra, de modo que, con el fin de transparentar el ejercicio de las atribuciones y desarrollo de funciones atingentes a la institucionalidad del municipio, implementará una instancia destinada a la lucha contra la corrupción y al manejo transparente de los recursos públicos por parte de las servidoras y servidores que se desempeñan en la ETA municipal consultante.