DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2018

Fecha: 25-Jul-2018

Sobre el parágrafo II numeral 2

La frase: “…pertenencia étnica…”, fue declarada incompatible con los arts. 3 y 14.II de la Norma Suprema, bajo el fundamento de que: “…el texto constitucional ya no hace referencia a etnias, sino establece una generalización respecto a las naciones y pueblos indígena originario campesinos; por lo que respecto al término señalado no es adecuado utilizar el mismo dado el contenido previsto por la norma fundamental”.

El numeral 2 del art. 5.II del proyecto de COM, versa sobre los deberes de los habitantes, residentes y visitantes del municipio de Villa José Quintín Mendoza “San Benito”, entre los cuáles establece la no discriminación, por su condición de edad, discapacidad, color de piel, sexo, género, salud, estado civil, cultural, religiosa, política, nacionalidad y otras establecidas por ley, debiendo en consecuencia, luchar contra toda forma de discriminación expresa o larvada.