DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2018

Fecha: 25-Jul-2018

sociedad civil organizada

Asimismo, en el marco de lo dispuesto por el art. 241 de la CPE, que establece: “I. El pueblo soberano, por medio de la sociedad civil organizada, participará en el diseño de las políticas públicas. (…) IV. La Ley establecerá el marco general para el ejercicio del control social. V. La sociedad civil se organizará para definir la estructura y composición de la participación y control social. VI. Las entidades del Estado generarán espacios de participación y control social por parte de la sociedad” (las negrillas fueron agregadas), se advierte que dentro de la explotación de recursos naturales de competencia municipal, le corresponde a la sociedad civil organizada definir la estructura y composición para el ejercicio del control social a fin de ejercer su derecho a la participación, en el presente caso; el estatuyente, pretende facilitar la participación de los sectores de la sociedad civil organizada, de tal manera que no contraviene precepto constitucional alguno.