SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0758/2019-S1
Fecha: 26-Ago-2019
b)
b) “…el hecho que da origen a la presente investigación, simple y llanamente se refiere a la presunta falsificación de certificaciones otorgadas por IBMETRO, son esos documentos, si vale la expresión, el objeto de investigación en el presente caso. Por todos los antecedentes que se tiene, se establece que Eddy Mamani Chacapacha, quien fungía como técnico de IBMETRO en la gestión 2010, pero que para la emisión de este documento, no se han cumplido con las formalidades requeridas para el efecto, es decir realizar la inspección del vehículo, esto se lo tiene establecido en razón de que se tiene acreditado por la información proporcionada por IBMETRO que los certificados medio ambientales entre los cuales se encuentra el signado con el N CM-OR-04-0010-2010, no se encuentra entre los registros de dicha entidad” (sic).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a Yolanda Rosario Gonzales Foronda
- Resolución de rechazo
- Fragmento 5
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones como componentes del debido proceso
- III.2. Principio de congruencia: entendimiento
- III.3. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público
- III.4. Análisis del caso concreto
- Resoluciones FDP-T.I.S./FACM 106 BIS/2018
- Respecto a la Resolución FDP-T.O.R./FACM 189/2018
- 2)
- 3)
- 4)
- ii)
- iii)
- iv)
- Respecto a la Resolución FDP-T.I.S./FACM 106 BIS/2018
- ZFO-IM-GO 2010 04010200230
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)
- h)
- ZFO-IM-G0-2010 04010200230
- III.5. Otras consideraciones
- dicha competencia se reduce únicamente a establecer la ausencia de razonabilidad y equidad en la labor valorativa, o bien, si existió una actitud omisiva en esta tarea, ya sea parcial o total; o finalmente, si se le dio un valor diferente al medio probatorio, al que posee en realidad, distorsionando la realidad y faltando al principio de rango constitucional, como es la verdad material, pero en ningún caso podrá pretender sustituir a la jurisdicción ordinaria, examinando directamente la misma o volviendo a valorarla
- Resolución de rechazo y jerárquica
- REVOCAR en parte
- 2° CONCEDER en parte
- 4° Se llama la atención