SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0758/2019-S1
Fecha: 26-Ago-2019
Resoluciones FDP-T.I.S./FACM 106 BIS/2018
En ese entendido, y tomando en cuanto las observaciones realizadas, la problemática a ser analizada en la presenta acción constitucional converge en la presunta lesividad que devendría de las Resoluciones FDP-T.I.S./FACM 106 BIS/2018 y FDP-T.O.R./FACM 189/2018, concretizándose la problemática en los siguientes aspectos: i) En cuanto a la Resolución jerárquica que confirmó la Resolución de rechazo de denuncia: a) No se refirió de manera fundamentada respecto a por qué la conducta de Yolanda Rosario Gonzales Foronda no se subsumió al delito de uso de instrumento falsificado si la misma utilizó la documentación falsificada a tiempo de realizar el trámite de la DUI, no habiéndose pronunciado sobre todos los elementos proporcionados dentro de la investigación desarrollada ni otorgando un valor razonable a los elementos probatorios incurriendo en una situación de desventaja en vulneración del derecho a la igualdad; b) No analizó las pretensiones de la objeción contrastándola con la normativa legal aplicable al caso concreto teniendo en cuenta que de acuerdo a los arts. 41, 45 y 46 de la LGA y 101 de su Reglamento, la Agencia Despachante de Aduana es responsable de la documentación que presenta, lesionando asimismo su derecho a la defensa al no haberse referido sobre todos los delitos querellados, no habiendo revisado ninguna de las problemáticas planteadas en la objeción; y, c) No se consideró que no se complementaron las diligencias investigativas incurriendo en la vulneración del derecho a la igualdad; y, ii) En cuanto a la Resolución jerárquica que ratificó el sobreseimiento, no se efectuó una adecuada fundamentación y motivación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a Yolanda Rosario Gonzales Foronda
- Resolución de rechazo
- Fragmento 5
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones como componentes del debido proceso
- III.2. Principio de congruencia: entendimiento
- III.3. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público
- III.4. Análisis del caso concreto
- Resoluciones FDP-T.I.S./FACM 106 BIS/2018
- Respecto a la Resolución FDP-T.O.R./FACM 189/2018
- 2)
- 3)
- 4)
- ii)
- iii)
- iv)
- Respecto a la Resolución FDP-T.I.S./FACM 106 BIS/2018
- ZFO-IM-GO 2010 04010200230
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)
- h)
- ZFO-IM-G0-2010 04010200230
- III.5. Otras consideraciones
- dicha competencia se reduce únicamente a establecer la ausencia de razonabilidad y equidad en la labor valorativa, o bien, si existió una actitud omisiva en esta tarea, ya sea parcial o total; o finalmente, si se le dio un valor diferente al medio probatorio, al que posee en realidad, distorsionando la realidad y faltando al principio de rango constitucional, como es la verdad material, pero en ningún caso podrá pretender sustituir a la jurisdicción ordinaria, examinando directamente la misma o volviendo a valorarla
- Resolución de rechazo y jerárquica
- REVOCAR en parte
- 2° CONCEDER en parte
- 4° Se llama la atención