SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0542/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0542/2020-S3

Fecha: 24-Sep-2020

2)

2) Respecto al trabajo, en la cédula de identidad de la accionante se indica que sería ama de casa; empero, para conseguir dinero de las presuntas víctimas y lograr el desplazamiento económico de más de $us400 000.- (cuatrocientos mil dólares estadounidenses) y más de Bs1 000 000.- (un millón de bolivianos) señaló que era una empresaria dedicada al rubro de la construcción junto con su concubino, siendo ese un dato falso, ya que hoy refiere ser una ama de casa; y,

2) Sobre la actividad laboral lícita, el Juez de primera instancia dio por acreditado ese presupuesto; sin embargo, de las actas de declaraciones de Vladimir Iván Vera Soliz, Aidee Amelia Hinojosa Solís, Franco Tito Tames Flores, Iverson Flores Jaimes y Miguel Ángel Montaño Rivera, se tiene que el coimputado -concubino de la accionante- en uno de sus argumentos señaló que se dedicaban a actividades empresariales, lo que ameritó el desplazamiento de recursos económicos en distintas cantidades. Así también, en la fotocopia simple de la cédula de identidad de la accionante figura la ocupación de labores de casa y en su declaración informativa indicó que desarrollaba sus actividades en su domicilio, sin aclarar qué actividad realizaba; empero, en la fotocopia simple de su cédula de identidad “cursante a fs. 110”, vigente hasta el 2024, tiene como ocupación estudiante universitaria. Ante esas versiones contradictorias, no se tiene pleno convencimiento de cuál sería la tarea o actividad laboral que realizaba la accionante, por lo que en desacuerdo con lo argumentado por el Juez de primera instancia, el elemento analizado no puede ser determinado;