SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0542/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0542/2020-S3

Fecha: 24-Sep-2020

b)

b) En cuanto al peligro de obstaculización previsto en el art. 235.1 del CPP, el Ministerio Público no cumplió con la carga argumentativa al no señalar de qué manera podría ingresar a las instalaciones de la Aduana Nacional de Bolivia (ANB) para destruir, modificar o sustraer la póliza de importación de la maquinaria con la cual supuestamente señalaba y demostraba ser una próspera empresaria. Lo argumentado por el Juez de primera instancia en sentido que cursa fotocopia simple de esa póliza de importación y que la original se encontraba en su poder, carece de coherencia con lo planteado por los denunciantes en el proceso penal, yendo “más allá de lo formulado”, lo que está prohibido por el art. 233 del CPP, modificado por la Ley 1173, pues se emitió un criterio subjetivo cuando se tiene una fotocopia simple de la póliza de importación que puede ser valorada. En tal sentido, no existe un argumento ni sustento legal sobre ese riesgo procesal;