SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0542/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0542/2020-S3

Fecha: 24-Sep-2020

c)

c) Sobre el riesgo procesal establecido en el art. 235.2 del CPP, el Juez de primera instancia se refirió a la influencia negativa efectuada en los testigos y no en las presuntas víctimas, sin exponer argumento ni prueba alguna. Tampoco señaló de qué manera o a través de qué mecanismo ejerció esa supuesta influencia negativa. Además, para sustentar ese riesgo procesal valoró un informe policial que no fue ofrecido como prueba, actuando al margen de la pretensión de los denunciantes en el proceso penal. Esa valoración fue subjetiva, pues el hecho de comunicarse con una presunta víctima no podía considerarse como una obstaculización en la investigación; y,