SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0153/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0153/2021-S3

Fecha: 04-May-2021

II.9.

II.9.    Por memorial presentado el 22 de noviembre de 2019, Roberto Janco Huarayo, propietario del predio donde se asienta el Botadero Municipal de Cobija, denunció ante el entonces Secretario Departamental de Gestión Integral de la Madre Tierra del Gobierno Autónomo Departamental de Pando, la comisión de infracciones administrativas referente principalmente a la alteración de información contenida en el Manifiesto Ambiental, sosteniendo que en el mismo se indicó que no existían cuerpos de agua superficiales cercanos en un rango hasta los 5 km, además de la inexistencia de arroyos cercanos, cuando de la simple verificación puede advertirse que en la zona existen cuerpos de agua superficiales y arroyos que no distan a más de 300 m del lugar, solicitando a partir de esta y otras denuncias, la revocatoria de la licencia ambiental, obteniendo en respuesta la nota GADP/SDGIMT 030/02/2020 de 20 de febrero, por la cual la señalada autoridad refirió que solicitó al GAM de Cobija copia legalizada de toda la documentación concerniente al proyecto de “Adecuación de Botadero Municipal a Relleno Sanitario” y que a partir de sus atribuciones y competencias realizará el seguimiento correspondiente (fs. 34 a 36).