Resolución recurrida: Sentencia N° JASR-008/2022 de 25
Tribunal Agroambiental Bolivia

Resolución recurrida: Sentencia N° JASR-008/2022 de 25

Fecha: 07-Jul-2022

Fundamentos Jurídicos

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Considerando los argumentos de los recursos de casación planteados por la parte demandada y el tercer interesado, los memoriales de respuesta, éste Tribunal Agroambiental con carácter previo a resolver los recursos de casación, en atención al derecho, garantía y principio del debido proceso, de conformidad a la previsión del art. 17 de la Ley N° 025, revisará de oficio la tramitación del proceso, a tal efecto, pasará a desarrollar con los siguientes temas: 1) La naturaleza jurídica del recurso de casación en materia agroambiental; 2) La naturaleza jurídica del Interdicto de Recobrar la Posesión: 3) La facultad de revisión de oficio del proceso agroambiental elevado en casación; 4) La competencia exclusiva del Tribunal Agroambiental para resolver recursos de recusación formulados en contra de los Jueces Agroambientales; aspectos que serán desarrollados bajo los siguientes fundamentos jurídicos:

FJ.II.1 La naturaleza jurídica del recurso de casación: El recurso de casación en materia agroambiental dado el carácter social de la materia

Que, el Tribunal Agroambiental tiene competencia para resolver los recursos de casación contra las Sentencias o Autos Interlocutorios Definitivos emitidos por las Juezas y Jueces Agroambientales, en virtud a lo dispuesto en los arts. 189.1 de la CPE, 144.I.1 de la Ley del Órgano Judicial (Ley No 025) y 36.1 de la Ley No 1715, modificada parcialmente por la Ley No 3545.