Auto Supremo AS/0307/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0307/2008

Fecha: 31-Jul-2008

Por lo trascrito se concluye que en el caso presente, la R


Por lo trascrito se concluye que en el caso presente, la R.D. Nº 25/2002 de 24 de diciembre de 2002, fue emitida en plena vigencia del Código Tributario contenido en la Ley Nº 1340, es decir, los plazos de la prescripción se regían a la normativa que contiene dicho Código, no pudiendo darse aplicación a la retroactividad de las normas previstas por el nuevo Código Tributario, en aplicación de las disposiciones contenidas tanto en el art. 33 de la C.P.E., como de la Disposición Transitoria Primera de la Ley Nº 2492, que establece que los procedimientos administrativos y proceso judiciales en trámite a la fecha de publicación del indicado Código, serán resueltos hasta su conclusión por las autoridades competentes, conforme a las normas y procedimientos establecidos en las leyes Nº 1340, de 28 de mayo de 1992, Nº 1455 de 18 de febrero de 1993 y Nº 1990 de 28 de julio de 1999 y demás disposiciones complementarias