Auto Supremo AS/0307/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0307/2008

Fecha: 31-Jul-2008

Tampoco fue un contrasentido el fundamento del tribunal de alzada al establecer que no podía


Tampoco fue un contrasentido el fundamento del tribunal de alzada al establecer que no podía considerarse una excepción de cosa juzgada opuesta por la parte actora, pues esta en cumplimiento de las previsiones contenidas en los arts. 237 y siguientes del Cód. Trib. Ley Nº 1340, se encuentran reservadas para la parte demandada y no así para la parte actora, salvo que se hubiese alegado como una acción a tiempo de formular la demanda