Auto Supremo AS/0107/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0107/2013-RRC

Fecha: 22-Abr-2013

III

Por lo expuesto, dadas las posiciones respecto al tema y en consideración a la normativa vigente en Bolivia, se concluye que constitucional y legalmente, las personas jurídicas pueden ejercer el derecho al honor, y por lo tanto también pueden verse afectadas, a través de la divulgación de hechos concernientes a su entidad, claro ésta en los límites establecidos por la norma en consideración a su propia y particular naturaleza.
III.1.2. Sobre la posibilidad de que las personas jurídicas sean sujeto pasivo del delito de Calumnia