Auto Supremo AS/0107/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0107/2013-RRC

Fecha: 22-Abr-2013

Por último, denuncia que el Auto de Vista aplicó retroactivamente la Ley 004, para justificar

Sostiene la imposibilidad de la aplicación del delito de Calumnia, dado que el mismo requiere la falsa imputación de un delito a otra persona, la cual debe tener la capacidad de delinquir o cometer ilícitos y es así que cumpliendo los requisitos de ley, a tiempo de formular el recurso de apelación restringida, hizo mención al precedente contenido en el Auto Supremo 155 de 10 de abril de 2010; sin embargo, el Tribunal de alzada se apartó de este entendimiento y sin apoyarse en otros precedentes o doctrina, hizo prevalecer su errada conclusión sobre la calidad de sujeto pasivo del delito de Calumnia al Banco Unión S.A. Además, desestimó el precedente, señalando que éste sería solamente un argumento considerativo y no doctrina legal aplicable, cuando no todos los Autos Supremos contienen un apartado específico para identificar el precedente o doctrina legal, lo que no implica que el Auto Supremo no contenga una razón de decisión relevante que adquiera estas características.
Por último, denuncia que el Auto de Vista aplicó retroactivamente la Ley 004, para justificar el delito de Calumnia, con el argumento de que por medio de las afirmaciones que hubo realizado como acusado, atribuyó la comisión del delito de legitimación de ganancias ilícitas al Banco Unión S.A