Auto Supremo AS/0562/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0562/2015-L

Fecha: 15-Jul-2015

También se dirá que, en cuanto al reconocimiento de pago de fs

También se dirá que, en cuanto al reconocimiento de pago de fs. 160 a 162 que no fue firmado por Banco Nacional de Bolivia, se debe señalar que la misma obedece a la suscripción de un reconocimiento de deuda sujeta al Reglamento emitido por Banco Central de Bolivia, pues el banco líder de los Institutos de Crédito Intermediarias se encuentra en la obligación de firmar dicho reconocimiento