Auto Supremo AS/0532/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0532/2015-RRC

Fecha: 24-Ago-2015

Finalmente, transcribiendo lo señalado en la normativa legal respecto al delito de Tráfico de Sustancias


Alegan que el Auto de Vista es incongruente y contradictorio, que no contiene la fundamentación requerida por el art. 124 del CPP, lo que constituiría defecto absoluto e implicaría nulidad conforme al tenor del art. 370 inc. 5) del citado cuerpo de leyes; con base en el art. 363 en sus tres incisos, señalan que la circunstancia de que la Sala Penal recurrida no esté convencida de su inocencia, convierte al Auto de Vista en contradictorio e insuficiente, por lo que al pronunciar el Auto de Vista anulando la Sentencia, no hizo uso de sus atribuciones conferidas por ley, como tampoco verificó si existió valoración de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, alejándose de lo dispuesto por los arts. 173, 359, 360 y 363 del CPP.

Finalmente, transcribiendo lo señalado en la normativa legal respecto al delito de Tráfico de Sustancias Controladas y sus elementos constitutivos, afirman que en su caso no fueron encontrados en posesión de sustancias controladas ni cocaína como acusó el fiscal; que el Ministerio Público no pudo demostrar con prueba objetiva, directa o indirecta que sus personas estado en tenencia o hubieran tenido en almacenamiento sustancia controlada alguna, pretendiendo dar crédito a una acusación ficticia y subjetiva