Auto Supremo AS/0532/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0532/2015-RRC

Fecha: 24-Ago-2015

III.2.2. Recurso de casación interpuesto por Jhonny Balderrama Soto


Por otra parte, los recurrentes sostienen que no fueron encontrados en posesión de sustancias controladas ni cocaína como acusó el fiscal; que el Ministerio Público no pudo demostrar con prueba objetiva, directa o indirecta que sus personas en estado de tenencia o hubieran tenido en almacenamiento sustancia controlada alguna, pretendiendo dar crédito a una acusación ficticia y subjetiva; sin embargo, no brindaron explicación clara sobre la alegación y su pretensión, no identificaron algún agravio, ni señalaron cual sería el daño sufrido, norma o derecho o garantía constitucional infringida; constituyéndose la reclamación en vaga e imprecisa, lo que amerita sea declarada infundada.

Debe considerarse también, que este Tribunal Supremo de Justicia como Máximo Órgano de la Jurisdicción Ordinaria del país, se encuentra sometido a un control de legalidad efectivo y sus pronunciamiento deben enmarcarse en la objetividad y certeza jurídica, para ese efecto el presente pronunciamiento se lo hace en mérito al Auto Supremo de admisión (AS 177/2015-RA), el cual claramente señala al momento de realizar el test de admisibilidad que, “los argumentos resultan ser confusos, discordantes y cuando no contradictorios”, en este sentido, efectivamente el recurso de casación es confuso y por eso mismo, los dos argumentos y parágrafos que anteceden, no pueden ser dilucidados en el fondo, justamente porque los recurrentes no han proporcionado ni han explicado de forma clara sobre dichas alegaciones y su pretensión, no identificaron algún agravio, ni señalaron cual sería el daño sufrido, norma o derecho o garantía constitucional infringida, lo que impide a este Tribunal ingresar al fondo sobre esos aspectos denunciados.

III.2.2. Recurso de casación interpuesto por Jhonny Balderrama Soto