Auto Supremo AS/0659/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0659/2015

Fecha: 23-Sep-2015

En ese entendido el demandado cumplió con la inversión de la prueba, lo que no

En ese entendido el demandado cumplió con la inversión de la prueba, lo que no ocasiona vulneración de los arts. 4, 152, 155 del CPT referente a la dirección procesal que tiene el Juez, de disponer diligencias orientadas al mejor esclarecimiento de los hechos controvertidos; facultad que realiza cuando creyere conveniente, teniendo en cuenta además que la autoridad judicial conforme al art. 158 del CPT forma libremente su convencimiento, inspirándose en los principios científicos que informan la crítica de la prueba y atendiendo a las circunstancias relevantes del pleito y a la conducta procesal observada por las partes