Auto Supremo AS/0659/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0659/2015

Fecha: 23-Sep-2015

Por lo anteriormente fundamentado, sólo se encontró una inadecuada interpretación en cuanto al pago de

Por lo anteriormente fundamentado, sólo se encontró una inadecuada interpretación en cuanto al pago de vacaciones devengadas, debiendo efectuarse el pago de las dos gestiones demandadas, consecuentemente, corresponde resolver en el marco de las disposiciones legales contenidas en los arts. 271.4) y 274.II del CPC, casando en parte el Auto de Vista