Auto Supremo AS/0178/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0178/2016-RRC

Fecha: 08-Mar-2016

3) El tercer motivo, se encuentra referido a que el Auto de Vista no tomó


3) El tercer motivo, se encuentra referido a que el Auto de Vista no tomó en cuenta la denuncia de la inadecuada subsunción de su conducta al tipo penal previsto en el art. 252 num. 2), 3) y 6) del CP, no se observaron los arts. 13, 14 y 20 del CP, extremo que dio lugar a su errónea aplicación, porque el Asesinato al ser un delito de acción, no se fundamentó cómo su persona causó la muerte a la víctima, que tanto la prueba testifical y documental no hubieran acreditado su culpabilidad porque el co-autor sería quien quitó la vida a la víctima; lo que descarta que su conducta se subsumiría al tipo penal de acusado. De la misma manera denuncia inobservancia a la ley sustantiva (art. 14 del CP), porque no se refiere en la Sentencia, como tampoco se comprobó, la existencia de dolo en su actuar; consecuentemente, su conducta no se subsume al delito de Asesinato, lo que resulta un defecto absoluto, el Tribunal de alzada debió tomar en cuenta la doctrina legal y anular la Sentencia apelada