Auto Supremo AS/0178/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0178/2016-RRC

Fecha: 08-Mar-2016

II.3. Del Auto de Vista impugnado


5) La mala valoración del acta de careo promovida en la investigación, que tiene validez conforme al art. 307 del CPP, como anticipo de prueba o la realización en juicio, todo en aplicación del principio de inmediación; prueba que no pudo ser introducida por su lectura por no cumplir las reglas del anticipo de prueba, ni se podía aplicar lo previsto en el art. 333 del CPP; empero, se admite la misma.

II.3. Del Auto de Vista impugnado