Auto Supremo AS/0178/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0178/2016-RRC

Fecha: 08-Mar-2016

Auto Supremo 200/2012- RRC de 24 de agosto, que fue emitido ante un proceso por


Auto Supremo 200/2012- RRC de 24 de agosto, que fue emitido ante un proceso por los delitos de Tráfico de Sustancias Contraladas y Complicidad, recurso en el que se denuncia la revalorización de hechos no probados o inexistentes quebrantando el principio de inmediación e intangibilidad de la prueba y la prohibición al Tribunal de alzada, de cambiar la situación jurídica del estado de absuelto a condenado o viceversa; éste Alto Tribunal de Justicia estableció que el Tribunal de alzada, consideró que para dictar nueva Sentencia y cambiar la situación jurídica de los imputados de absueltos a condenados, no era necesario disponer el reenvío, sin advertir que ello implicaba revalorización de la prueba, disponiendo que el Tribunal de alzada, ajuste su actividad jurisdiccional a lo establecido por los arts. 413 y 414 del CPP. Por ello se emitió la siguiente doctrina aplicable:

“Es necesario precisar, que el recurso de apelación restringida, constituye un medio legal para impugnar errores de procedimiento o de aplicación de normas sustantivas en los que se hubiera incurrido durante la sustanciación del juicio o en la Sentencia, no siendo el medio idóneo que faculte al Tribunal de alzada, para revalorizar la prueba o revisar cuestiones de hecho que es de potestad exclusiva de los Jueces o Tribunales de Sentencia; por ello, si el ad quem, advierte que la Sentencia no se ajusta a las normas procesales, con relación a la valoración de la prueba y la falta de fundamentación y motivación, que haya tenido incidencia en la parte resolutiva, le corresponde anular total o parcialmente la Sentencia, y ordenar la reposición del juicio por otro Tribunal