Auto Supremo AS/0178/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0178/2016-RRC

Fecha: 08-Mar-2016

Auto Supremo 276 de 5 de octubre de 2007, dictado en un proceso por el


Auto Supremo 276 de 5 de octubre de 2007, dictado en un proceso por el delito de Lesiones Gravísimas, Auto de Vista impugnado que fue dejado sin efecto al advertirse defecto absoluto, al declarar inadmisible el recurso con argumentos sin valor, conculcando el principio constitucional de derecho a la defensa; se sienta la doctrina legal siguiente:

“Los Autos de Vista contienen el defecto absoluto no susceptibles de convalidación a que hace referencia el numeral 3) del artículo 169 del Código de Procedimiento Penal, cuando declaran inadmisible un recurso de apelación restringida desconociendo la existencia de claros datos expuestos durante el juicio oral que acreditan el cumplimiento, por parte del recurrente, de reglas procesales no advertidas por los juzgadores o equivocadamente valoradas como no observadas, vulnerando así la garantía del debido proceso por descuido en la revisión de antecedentes, negando por ello al recurrente su derecho a la defensa. Los Tribunales de Alzada están en la inexcusable obligación de fundamentar sus resoluciones sobre la base de una revisión prolija de los antecedentes y actos procesales que motivaron el recurso de apelación restringida, evitando apreciaciones que desconozcan los actos procesales ejecutados por las partes en atención a sus derechos u obligaciones o por el Juez o Tribunal en mérito a su competencia."

Precedente contradictorio cuya problemática referida a la labor del Tribunal de alzada de fundamentación sobre el análisis pormenorizado de los datos del proceso evitando en eradas apreciaciones declaren la inadmisibilidad del recurso de apelación, temática cuyo contenido permite realizar la labor de contraste con el contenido con el Auto de Vista impugnado, con relación al motivo alegado