Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0090/2017
Fecha: 02-Feb-2017
Distrito: La Paz
Distrito: La Paz
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Expediente: LP – 79 – 15 – S
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Distrito: La Paz
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I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
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Resolución de primera instancia que fue recurrida de apelación por Eduardo Jorge Salas Leaño, conforme
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II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
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Refiere violación e interpretación errónea o aplicación indebida de la Ley en la Resolución, toda
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En base a lo expuesto, solicita se case el Auto de Vista y deliberando en
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De la Respuesta al Recurso de Casación de fs. 679 a 682 vta
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Alega que los co-demandados Faustino Claros Quispe y Melicia Loayza de Claros, solicitaron préstamo de
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III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
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La jurisprudencia de este Supremo Tribunal de Justicia ha orientado sobre el tema en el
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Entendimiento que también se encuentra plasmado en el Código Civil en su art
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A ese fin el Autor Juan Carlos Rezzónico en su Libro Principios Fundamentales de los
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Como también refiere el mismo autor en su Libro Principios Fundamentales de los Contratos Pag
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De la misma forma también ha orientado sobre el tema en el Auto Supremo Nº
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Sobre el tema también el autor, Diez-Picazo y Gullón en su obra Sistema del Derecho
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IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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En base a lo expuesto precedentemente, los de instancia al momento de emitir su fallo
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En base a lo descrito el recurrente señala que el Auto de Vista al haber
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En ese entendido, el punto neurálgico de la presente causa es referente al destino del
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Al efecto corresponde analizar el contenido del contrato inserto en la Escritura Pública objeto de
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Corresponde señalar que de acuerdo al texto descrito se tiene que en el contenido de
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De las cláusulas descritas se evidencia que, la existencia de varias prestaciones que se encuentran
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Al momento de suscribirse el contrato mixto existían obligaciones establecidas para el vendedor, los compradores
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De los argumentos antes descritos, la Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo Para la Vivienda
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Este entendimiento, se colige que ha sido la común intención de las partes contratantes, conforme
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Por su parte, el art
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Este contrato mixto en un solo acto, tiene la intención de generar certidumbre en las
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Que según la Doctrina y el Autor ROCCO, el término uso y costumbre en el
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Por el contrario, en los denominados usos, no se presentan las características de publicidad y
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Corresponde precisar que la Mutual “La Paz” (Entidad Financiera) y los esposos Claros-Loayza (como prestatarios)
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En virtud a ello, se tiene las pruebas de cargo consistentes en: 1) La Escritura
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Concluiremos señalando, que los de instancia al momento de emitir fallo, no realizaron un correcto
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Respecto a la calificación jurídica de la pretensión efectuada por la parte actora, la misma
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El Auto de Vista en la foja 664 señaló lo siguiente: “Consiguientemente, al constituir dicho
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Del contexto descrito se tiene que los de instancia basaron su criterio de declarar probada
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Ahora la excepción de falta de acción y derecho, en la forma planteada resulta ser
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Consiguientemente los de instancia al haber declarado probada la excepción de “falta de acción y
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Asimismo corresponde señalar que en el presente fallo se ha llegado a interpretar el contrato
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Sin responsabilidad por ser error excusable
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
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