Auto Supremo AS/0318/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0318/2017-RRC

Fecha: 03-May-2017

Analizando los argumentos empleados por los imputados en su recurso de apelación restringida, se puede


Analizando los argumentos empleados por los imputados en su recurso de apelación restringida, se puede evidenciar que no se dio un cumplimiento cabal a la exigencia contenida en el art. 408 del CPP; puesto que, se limitan únicamente a señalar que se incurrió en errónea valoración de la prueba, alegando simplemente la prueba consistente en la certificación de 17 de julio de 2013, que hubiera sido dejada sin efecto por certificación de 18 de octubre de 2013, así como la certificación de 12 de agosto del mismo año, quedaría sin efecto al ser anterior a la del 18 de octubre de 2013; es decir, que la última certificación deja sin efecto todas las anteriores, dejando sin efecto la supuesta sobreposición de predios. De donde no resulta posible extraer las razones por las que, los recurrentes consideran que dicha prueba fue erróneamente valorada por el A quo, como tampoco se identifica en qué parte de la Sentencia de mérito se incurrió en dicha vulneración y menos se expresa cuál es la aplicación que se pretende, demostrando qué reglas de la sana lógica, la experiencia y/o el sentido común se hubieran vulnerado