Auto Supremo AS/0547/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0547/2018-RRC

Fecha: 16-Jul-2018

Por otra parte se considera "defecto absoluto insubsanable", cuando en el Auto de Vista no

También invocó el Auto Supremo 15 de 26 de enero de 2007, que fue dictado por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Suprema de Justicia, en la resolución de un recurso de casación en una causa seguida por el delito de Amenazas, donde evidenció que Auto de Vista omitió pronunciarse respecto a varios motivos de apelación restringida, lo que vulnera el debido proceso; situación, por el que fue dejado sin efecto; estableciendo la siguiente doctrina legal aplicable: “(…)

Por otra parte se considera "defecto absoluto insubsanable", cuando en el Auto de Vista no existen razones ni criterios sólidos que fundamenten su resolución en base a todo y cada uno de los puntos apelados, traduciéndose la resolución en "infrapetita" que se constituye en defecto insalvable porque genera incertidumbre a la parte procesada, este defecto, además, se inscribe en el artículo 169 inciso 3) del Código de Procedimiento Penal por afectar el derecho de defensa de la imputada y el debido proceso, que se encuentran garantizados por el artículo 16 II y IV de la Constitución Política del Estado”. (El resaltado nos corresponde)