Auto Supremo AS/0547/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0547/2018-RRC

Fecha: 16-Jul-2018

Ruth Zambrana Mojica interpone recurso de apelación restringida, bajo los siguientes argumentos


II.2. Del recurso de apelación restringida de la imputada.

Ruth Zambrana Mojica interpone recurso de apelación restringida, bajo los siguientes argumentos:

Errónea aplicación de la Ley adjetiva penal; precisa, la errónea aplicación de los arts. 172, 314 y 315 del CPP, incidiendo en falta de fundamentación; manifiesta, que el 15 de septiembre de 2015 planteó incidente de exclusión probatoria; que fue rechazado por el Tribunal de mérito alegando que dicho incidente debió plantearse dentro de la etapa de incidentes y excepciones conforme prevé el art. 345 del CPP, argumento que no se encontraría sujeto a derecho ya que planteó su incidente en el momento idóneo que es la judicialización de la prueba, inobservando el Tribunal de sentencia el art. 172 del CPP. Añade, que el 4 de mayo de 2016 su defensa invocó incidente de actividad procesal defectuosa; ya que, el Tribunal de mérito produjo prueba que jamás fue ofrecida por el Ministerio Público, alegando al respecto el Tribunal de mérito que no es un incidente por causal sobreviniente por lo que rechazó el incidente sin permitirle a su defensa terminar la intervención. Que la Sentencia, indica que se hubiere procedido a plantear incidente de actividad procesal defectuosa por defectos en la acusación fiscal, aspecto falso; ya que, de acuerdo al acta de audiencia de juicio oral se encuentra de manera sesgada que su defensa planteó incidente de actividad procesal defectuosa por la producción ilegal de prueba, no resultando la Sentencia acorde a lo actuado en la audiencia de juicio oral; ya que, resolvió un incidente que jamás fue planteado por su defensa además que en ninguna parte de la Resolución señaló qué pruebas fueron utilizados para llegar a la conclusión de que el incidente de actividad procesal defectuosa por la producción ilegal de prueba no era una causal sobreviniente sin haber dejado concluir la intervención de su abogado, siendo que lo único que resolvió la Sentencia fue un incidente de actividad procesal defectuosa por defectos de la acusación fiscal, que no fue planteado en ningún momento incurriendo en falta de motivación