Auto Supremo AS/0547/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0547/2018-RRC

Fecha: 16-Jul-2018

Respecto a la falta de fundamentación de la Sentencia defecto previsto por el art


Respecto a la falta de fundamentación de la Sentencia defecto previsto por el art. 370 inc. 5) del CPP; es evidente; ya que, la Sentencia mixta no cumple con lo normado por el art. 124 y 360 incs. 1), 2) y 3) del CPP, puesto que no contiene los motivos de hecho y derecho en que basa sus decisiones ni el valor otorgado a los medios de prueba, ni contiene una relación amplia del hecho histórico, es decir, no se ha fijado clara, precisa y circunstancialmente la especie que se estima acreditada y sobre el cual se ha emitido el juicio, que es lo que se conoce como fundamentación fáctica; además del análisis de la sentencia extrae, que se sustenta en hechos inexistentes que no fueron debidamente acreditados en la audiencia de juicio oral, incurriendo en lo previsto por el art. 370 inc. 5) del CPP; toda vez, que el Tribunal al valorar las pruebas de cargo y descargo no desarrolló una actividad intelectual de forma conjunta y armónica de exclusividad jurisdiccional, con el fin de determinar si los datos fácticos obtenidos en la producción de la prueba desfilada en la audiencia del juicio oral poseían la entidad y cualidad suficiente y requerida para corroborar la presunción de inocencia o permitir con certeza plena sobre la pretensión punitiva del proceso, mediante el método de la libre valoración racional y científica de acuerdo a las reglas de la sana crítica, la lógica y el sentido común, uniendo en este trabajo aspectos y elementos como la ciencia, conciencia y experiencia