Auto Supremo AS/0326/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0326/2019

Fecha: 03-Abr-2019

Fallo de segunda instancia, que puesta en conocimiento de las partes, ameritó que la demandante

Fallo de segunda instancia, que puesta en conocimiento de las partes, ameritó que la demandante María Luz Irene Alcocer Melendres, interpusiera recurso de casación, el cual se pasa a analizar:
CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
1. Denuncia la vulneración del art. 265 del Código Procesal Civil, pues el recurso de apelación que dio lugar al pronunciamiento del Auto de Vista demostraría que lo que en realidad pretende la parte demandada tanto en su demanda reconvencional como en su recurso de apelación, que se determine la inexistencia de la deuda o un saldo a pagar; sin embargo la parte resolutiva del Auto de Vista sería incongruente con lo pedido tanto en la demanda reconvencional como en la apelación, puesto que ninguna de las dos partes habría solicitado que la parte demandada proceda a la refacción de la obra como si se tratara de una demanda de cumplimiento de contrato, cuando en realidad lo debatido habría sido el resarcimiento de daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento de contrato de obra por parte de los demandados. En ese entendido acusa que el Tribunal de Alzada habría otorgado más de lo pedido por la parte apelante, favoreciendo a ésta con la determinación de cumplimiento de obras para la refacción de la misma; es decir que el fallo de segunda instancia condenaría al cumplimiento de la obligación a quien otorga un fallo favorable, lo que demostraría la existencia de incongruencia interna en el Auto de Vista