Auto Supremo AS/0288/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0288/2019-RRC

Fecha: 02-May-2019

En cuanto a la supuesta falta de congruencia entre la acusación y la sentencia, dada


En cuanto a la supuesta falta de congruencia entre la acusación y la sentencia, dada la reiteración del agravio se remiten a los fundamentos expuestos en la resolución impugnada de casación que exponen con claridad lo analizado en relación a los alcances del pliego acusatorio; en cuanto, al delito de Uso de Instrumento Falsificado, coligiéndose que no se trata de un hecho distinto al atribuido, sino que la sentencia responde adecuadamente a la acusación teniéndose que por las razones explicadas el referido testimonio 47/2011, de declaratoria de herederos fue utilizado para consolidar una venta pactada en documento privado, en el que se anuncia que el predio objeto de la transferencia fue adquirido mediante herencia cuya declaratoria de herederos se hallaba en trámite, siendo pertinente puntualizar que conforme describe el art. 203 del CP, ya no se trata del falsificador, sino de la persona que a sabiendas utiliza el documento falsificado, el código penal boliviano resuelve el problema dándole el mismo trato que el falsificador; es decir, considerándolo como autor del delito; en consecuencia, tienen que aplicársele las mismas condiciones que al falsificador; es decir, que haga uso de dicho documento en perjuicio de terceras personas y que demuestre una relación jurídica, que en el caso de autos con amplio detalle ha sido expuesto en la sentencia impugnada, que a juicio del Tribunal de alzada cumple con las exigencias previstas en el ordenamiento adjetivo penal