AUTO 109/1980, de 3 de diciembre

Fecha: 03-Dic-1980

1. El recurrente no ha subsanado los defectos de postulación y dirección letrada (art. 81. 1 LOTC), así como de falta de precisión, al no mencionar qué derechos o libertades estima violados y qué preceptos constitucionales entiende infringidos (art. 49.1 de la misma Ley), y a tenor de lo que se le hizo saber en los apartados 1 y 2 de la providenci...

AUTO 110/1980, de 3 de diciembre

Fecha: 03-Dic-1980

1. La Sentencia de 7 de diciembre de 1979 no podría haber sido en ningún caso objeto de impugnación ante este Tribunal, sino dentro del plazo de los veinte días siguientes a la fecha de constitución del mismo, agotado, como es obvio, mucho antes del día en que el señor García Sabater presentó su escrito. Este adolece, además, de los defectos de po...

AUTO 111/1980, de 3 de diciembre

Fecha: 03-Dic-1980

1. La distinta interpretación que la Administración y los Tribunales de Justicia dieron, en un principio, a la Disposición Transitoria segunda del Real Decreto-Ley del 10 de agosto de 1976, respecto a las condiciones para el acceso al Cuerpo de Gestión de Hacienda, ha dado lugar a que funcionarios en situación de identidad jurídica esencial, hayan...

AUTO 112/1980, de 10 de diciembre

Fecha: 10-Dic-1980

1. El recurrente ha dejado transcurrir el plazo que se le concedió de conformidad con el art. 85-2) de la L.O.T.C. para que compareciera por medio de Procurador y bajo la dirección de Letrado, o acreditara que es Licenciado en Derecho, y para que justificara haber agotado la vía judicial procedente. Tampoco ha hecho alegaciones en el plazo concedi...

AUTO 113/1980, de 17 de diciembre

Fecha: 17-Dic-1980

1. El señor Aróstegui, cuya demanda adolece del defecto de la falta de postulación (representación por Procurador y actuación bajo dirección de Letrado), exigida por el art. 81 de la LOTC, no ha subsanado dicho defecto a pesar de los plazos concedidos por la Sección en sus providencias de 1 de septiembre y 12 de octubre pasados. 2. Por otro lado, ...

AUTO 114/1980, de 17 de diciembre

Fecha: 17-Dic-1980

1. El art. 44.1 c) de la LOTC establece como presupuesto de admisibilidad del recurso de amparo, cuando se formula en relación con actos u omisiones de órganos judiciales, la invocación formal en el proceso del derecho constitucional vulnerado, tan pronto como, una vez conocida la violación, hubie se lugar a ello. Y es ya doctrina del Tribunal, se...

AUTO 115/1980, de 17 de diciembre

Fecha: 17-Dic-1980

1. El recurrente ha dejado transcurrir el plazo que se le concedió de conformidad con el articulo 85-2) de la L.O.T.C., para que compareciera por medio de Procurador y bajo la dirección de Letrado, o acreditara que es Licenciado en Derecho, y para que justificara haber agotado la via judicial procedente. Tampoco ha hecho alegaciones en el plazo co...