ACLARACIÓN DE LA SENTENCIA PRONUNCIADA EN LA CONTRADICCIÓN DE TESIS 8/2014. ENTRE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO Y SEGUNDO, AMBOS EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO. 2 DE SEPTIEMBRE DE 2015. MAYORÍA DE SEIS VOTOS DE LOS MAGISTRADOS ARTURO
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACLARACIÓN DE LA SENTENCIA PRONUNCIADA EN LA CONTRADICCIÓN DE TESIS 8/2014. ENTRE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO Y SEGUNDO, AMBOS EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO. 2 DE SEPTIEMBRE DE 2015. MAYORÍA DE SEIS VOTOS DE LOS MAGISTRADOS ARTURO

Fecha: 02-Oct-2015

B Que Al Momento En Que Se Haga La Propuesta La Fuente De Trabajo No Se Hubiere Extinguido

"c) Que dicho ofrecimiento se haga del conocimiento del trabajador y se le requiera para que conteste;

"d) Que sea calificado de buena fe, para lo cual, es necesario que d.1) dicha propuesta sea en los mismos o mejores términos en que se venía prestando el trabajo, siempre y cuando no sean contradictorios a la ley o a lo pactado, d.2) que la conducta del patrón anterior o posterior al ofrecimiento no revele mala fe en el ofrecimiento; y,

"e) Que si el trabajador demandó la reinstalación y la oferta de trabajo se realiza en los mismos términos y condiciones en que se venía desempeñando, aquél acepte la propuesta, en virtud de que no hacerlo, según el criterio jurisprudencial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se invalidaría la acción.

"Con el análisis de esos elementos, por regla general, cabe calificar el ofrecimiento de trabajo, sin que sea necesario atender a otras circunstancias como la falta de pago de prestaciones accesorias a la acción intentada, pues ello no altera ninguna de las condiciones fundamentales de dicha relación, dado que no da lugar a considerar, por ejemplo, que el patrón pretenda que el trabajador regrese con un salario menor, con una categoría inferior y con una jornada u horario de trabajo mayor, como tampoco que el patrón oferente carezca de voluntad para reintegrar al trabajador en las labores que venía desempeñando, sino únicamente generan la obligación para la autoridad laboral de condenar a su cumplimiento o pago proporcional, en caso de que no se hayan cubierto dentro del juicio, por tratarse de derechos adquiridos por el trabajador.

"Conforme a las premisas expuestas, en primer lugar se destaca que en los autos del juicio laboral J5/439/2009, no obra constancia que demuestre que los actores fueron dados de baja al ISSEMYM en fecha previa al día en que se les ofreció el trabajo.

"En cambio, se advierte que la responsable en la calificación del ofrecimiento de trabajo, pasó por alto que la oferta de trabajo no se hizo con la aplicación de los Convenios de Prestaciones de Ley y Colaterales celebrado con el Sindicato Único de Trabajadores de los Poderes, Municipios e Instituciones Descentralizadas del Estado de México, cuya existencia no fue negada por el demandado, pues lo que refirió que le era aplicable a los trabajadores sindicalizados y, que en el caso, los trabajadores no lo eran, consideración esta última del demandado, que es incorrecta, porque conforme al criterio actual de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, dichos convenios son aplicables a los trabajadores aun no siendo sindicalizados.

"A mayor abundamiento y, como lo exponen los quejosos los trabajadores desde su libelo inicial señalaron que se pactó una jornada de treinta y cinco horas a la semana conforme a la aplicación de los convenios generales de trabajo, y la jornada ofertada es superior a lo establecido en el convenio.

"No obsta a lo anterior que la responsable tuviera por acreditada la jornada aducida por el patrón con la prueba de inspección ocular, así como testimonial, porque la valoración de esa prueba fue incorrecta.

"En efecto, la parte demandada, en su escrito de siete de julio de dos mil diez, ofreció la inspección ocular en los siguientes términos:

"‘7. La prueba de inspección judicial, que se practique por conducto del C. Actuario, adscrito a esta Junta y en el domicilio del demandado, ubicado en ********** No. **********, barrio de **********, **********, Estado de México. Dicha inspección deberá abarcar un periodo comprendido de un año anterior a la fecha en que los actores ejercitan su acción ante esta autoridad (es decir del 17 de septiembre de 2008 al 17 de septiembre de 2009), para ello, el C. Actuario adscrito a esta Junta, deberá de requerir al demandado la documentación base para el desahogo de tal probanza, consistente en: Registros de control de asistencia, lista de pago, comprobantes de pago de: salario, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo: en el renglón correspondiente a los actores **********, **********, **********, ********** y **********, y teniendo a la vista los documentos base de la inspección, el C. Actuario, dará fe de los siguientes extremos: 1) Que el actor ********** laboraba, al servicio del demandado un horario semanal de labores comprendido de las 9:00 hrs. a 17:00 hrs. de lunes a viernes.-2) Que el actor ********** disfrutaba de una hora diaria para descansar fuera de su área de trabajo cuando trabajaba para el demandado.-3) Que el actor ********** recibió del demandado el pago de aguinaldo del año 2008.-4) Que el actor ********** disfrutó de sus vacaciones por el año 2008.-5) Que el actor ********** recibió del demandado el pago de prima vacacional del año 2008.-6) Que el actor ********** recibió del demandado el pago de aguinaldo por el primer periodo del año 2009.-7) Que el actor ********** recibió del demandado el pago de prima vacacional por el primer periodo del año 2009.-8) Que la actora ********** laboraba al servicio del demandado un horario de labores comprendido de las 7:00 hrs. a 15:00 hrs. de lunes a viernes.-9) Que la actora ********** disfrutaba de una hora diaria para descansar fuera de su área de trabajo cuando trabajaba para el demandado.-10) Que la actora ********** recibió del demandado el pago de aguinaldo del año 2008.-11) Que la actora ********** disfrutó de sus vacaciones por el año 2008.-12) Que la actora ********** recibió del demandado el pago de prima vacacional del año 2008.-13) Que la actora ********** recibió del demandado el pago de aguinaldo por el primer periodo del año 2009.-14) Que la actora ********** recibió del demandado el pago de prima vacacional por el primer periodo del año 2009.-15) Que la actora ********** laboraba, al servicio del demandado un horario de labores comprendido de las 09:00 hrs. a 17:00 hrs. de lunes a viernes.-16) Que la actora ********** disfrutaba de una hora diaria para descansar fuera de su área de trabajo cuando trabajaba para el demandado.-17) Que la actora ********** recibió del demandado el pago de aguinaldo del año 2008.-18) Que la actora ********** disfrutó de sus vacaciones por el año 2008.-19) Que la actora ********** recibió del demandado el pago de prima vacacional del año 2008.-20) Que la actora ********** recibió del demandado el pago de aguinaldo por el primer periodo del año 2009.-21) Que la actora ********** recibió del demandado el pago de prima vacacional por el primer periodo del año 2009.-22) Que la actora ********** laboraba al servicio del demandado un horario de labores comprendido de las 9:00 hrs. a las 17:00 hrs. de lunes a viernes.-23) Que la actora ********** disfrutaba de una hora diaria para descansar fuera de su área de trabajo cuando trabajaba para el demandado.-24) Que la actora ********** recibió del demandado el pago de aguinaldo del año 2008.-25) Que la actora ********** disfrutó de sus vacaciones por el año 2008.-26) Que la actora ********** recibió del demandado el pago de prima vacacional del año 2008.-27) Que la actora ********** recibió del demandado el pago de aguinaldo por el primer periodo del año 2009.-28) Que la actora ********** recibió del demandado el pago de prima vacacional por el primer periodo del año 2009.-29) Que la actora ********** laboraba al servicio del demandado un horario de labores comprendido de las 9:00 hrs. a 17:00 hrs. de lunes a viernes.-30) Que la actora ********** disfrutaba de un ahora (sic) diaria para descansar fuera de su área de trabajo cuando trabajaba para el demandado.-31) Que la actora ********** recibió del demandado el pago de aguinaldo del año 2008.-32) Que la actora ********** disfrutó de sus vacaciones por el año 2008.-33) Que la actora ********** recibió del demandado el pago de prima vacacional del año 2008.-34) Que la actora ********** recibió del demandado el pago de aguinaldo por el primer periodo del año 2009.-35) Que la actora ********** recibió del demandado el pago de prima vacacional por el primer periodo del año 2009.’