ACLARACIÓN DE LA SENTENCIA PRONUNCIADA EN LA CONTRADICCIÓN DE TESIS 8/2014. ENTRE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO Y SEGUNDO, AMBOS EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO. 2 DE SEPTIEMBRE DE 2015. MAYORÍA DE SEIS VOTOS DE LOS MAGISTRADOS ARTURO
Fecha: 02-Oct-2015
Salario Base De Quincenal
"Por su parte el Ayuntamiento Constitucional de **********, Estado de México, al dar contestación a la demanda, ofreció el trabajo a la accionante en los términos siguientes:
"‘27. Este hecho es falso y se niega, toda vez que la actora jamás fue despedida de su trabajo, ni en fecha 31 de enero de 2011, ni en ninguna otra fecha, ni por la profesora **********, ni por ninguna otra persona, ni en el lugar que señala la actora ni en ningún otro lugar, ni en la hora que señala la actora ni en ninguna otra hora, no en el modo que señala la actora, ni en ningún otro modo y para demostrar la buena fe del Ayuntamiento demandado, se le ofrece el trabajo a la actora en los mismos términos y condiciones en que lo venía desempeñando y con todos aquellos aumentos salariales al momento de ser reinstalada a su trabajo, esto es, se le ofrece el trabajo con la categoría de secretaria, con un salario base quincenal de $2,631.44 pesos quincenales, y con una jornada ordinaria legal de trabajo de las de las 9:00 a.m. a las 16:00 p.m.. de lunes a viernes de cada semana con una hora para descansar y tomar sus alimentos dentro de la fuente de trabajo de lunes a viernes de cada semana y descansando los días sábados y domingos de cada semana ...’
"De la transcripción que antecede, se advierte que el Ayuntamiento demandado ofreció el trabajo a la actora en las condiciones que enseguida se detallan:
- Resultando
- Considerando
- De La Lectura Íntegra De La Ejecutoria De Siete De Julio De Dos Mil Quince Se Destaca Lo Siguiente
- Primerodenuncia
- Segundotrámite
- Primerocompetencia
- Segundolegitimidad Para Denunciar La Contradicción De Tesis
- Son Infundados Los Argumentos Señalados Por Las Razones Que A Continuación Se Exponen
- Y Ofrece El Trabajo Al Actor En Los Siguientes Términos
- Lo Argido Es Infundado Por Las Razones Que A Continuación Se Exponen
- Prima Por Antigedad En El Servicio Quinquenios
- Salario Base De Quincenal
- Categoría Secretaria
- Salario Quincenal
- Artículo Salario Es La Retribución Que Debe Pagar El Patrón Al Trabajador Por Su Trabajo
- Categoría De Secretaria Con Salario Quincenal De Sic
- Al Controvertir El Reclamo De Tiempo Extraordinario Indicó
- B Que Al Momento En Que Se Haga La Propuesta La Fuente De Trabajo No Se Hubiere Extinguido
- La Junta Responsable Admitió La Inspección Ocular En Los Siguientes Términos
- Inserta Imágenes De Diligencia De Inspección
- Inserta Imágenes De Desahogo De La Prueba Testimonial
- Sextoexistencia De La Contradicción De Tesis
- Al Respecto Resulta Aplicable La Jurisprudencia De Rubro Y Texto Siguientes
- Séptimosolución Del Conflicto De Criterios Contendientes
- Y Enseguida Expuso
- A Las Condiciones Fundamentales De La Relación Laboral Como El Puesto Salario Jornada U Horario
- En Contra De Lo Argumentado Por El H Segundo Tribunal
- Octavocriterio Que Debe Prevalecer Con Carácter De Jurisprudencia
- Por Lo Expuesto Se Resuelve
- Iv Las Consideraciones Y Fundamentos Legales En Que Se Apoye Para Conceder Negar O Sobreseer