ACLARACIÓN DE LA SENTENCIA PRONUNCIADA EN LA CONTRADICCIÓN DE TESIS 8/2014. ENTRE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO Y SEGUNDO, AMBOS EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO. 2 DE SEPTIEMBRE DE 2015. MAYORÍA DE SEIS VOTOS DE LOS MAGISTRADOS ARTURO
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACLARACIÓN DE LA SENTENCIA PRONUNCIADA EN LA CONTRADICCIÓN DE TESIS 8/2014. ENTRE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO Y SEGUNDO, AMBOS EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO. 2 DE SEPTIEMBRE DE 2015. MAYORÍA DE SEIS VOTOS DE LOS MAGISTRADOS ARTURO

Fecha: 02-Oct-2015

Inserta Imágenes De Desahogo De La Prueba Testimonial

"En el caso, los testigos no indicaron un elemento temporal útil a través del cual pueda derivarse que realmente por ser compañeros de trabajo de los actores les consta la jornada de trabajo, entonces, fue incorrecto que la responsable le otorgara valor pleno a esa probanza y, por ende, absolviera del tiempo extraordinario reclamado.

"En efecto, de la declaración vertida por la ateste **********, si bien se advierte que al responder la pregunta dos que se le formuló en el sentido de que desde cuándo conocer a los actores, indicó: ‘R. Desde hace cuatro años’; esto es si declaró en dos mil diez, entonces conoció a los actores desde dos mil seis, cuando los actores refirieron ingresar a la fuente de trabajo y que la demandada aceptó, ********** el quince de septiembre de dos mil seis, ********** (sic) ********** el treinta de mayo de dos mil ocho, ********** el dos de agosto de dos mil siete, ********** el primero de marzo de dos mil siete y ********** el veintidós de agosto de dos mil seis; de donde se infiere que no pudo conocer a todos los actores en el dos mil seis, porque sólo ********** y **********, refirieron ingresar a la fuente de trabajo en ese año.

"Por su parte la ateste **********, no indicó la fecha en que entró a la fuente de trabajo, para poder constar si efectivamente como lo adujo, en el sentido de que conoce a los actores desde que trabajaron en donde ella también trabaja (respuesta a la pregunta dos).

"Y finalmente el testigo de nombre **********, al declarar ni siquiera indicó desde cuando conoce a los actores, pues se limitó a señalar a la cinco directa, respecto a la razón de su dicho: ‘R. Porque trabajo para el Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia de ********** y son los horarios que tenemos.’."