COSA JUZGADA EN EL AMPARO DIRECTO. NO SE ACTUALIZA RESPECTO DEL QUEJOSO QUE PROMOVIÓ EL JUICIO QUE EL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEBE RESOLVER, POR EL HECHO DE QUE EXISTA SENTENCIA EJECUTORIADA PREVIA -PRONUNCIADA POR EL PROPIO ÓRGANO JURISDICCIO
Fecha: 01-Dic-2017
A Parámetro De Control
27. Los conceptos de violación se dirigen a combatir el debido proceso, la acreditación del delito y la responsabilidad penal del quejoso en su comisión, así como lo relativo a la individualización de la pena.
28. Sin embargo, en cumplimiento de lo indicado en el artículo 79, fracción III, inciso a), de la Ley de Amparo, donde se establece que procede la suplencia de la deficiencia de la queja en materia penal en favor del sentenciado, este Tribunal Colegiado analiza todas las constancias de la investigación y de la fase de instrucción, así como las del recurso de apelación.
29. Lo anterior, porque el estudio oficioso puede llegar hasta la fase de la averiguación previa, en la que eventualmente pueden encontrarse irregularidades que afecten al procedimiento; ello, de acuerdo con la jurisprudencia por contradicción de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, obligatoria para este órgano colegiado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 217 de la Ley de Amparo.(32)
- A Parámetro De Control
- B Modo De Estudiar El Asunto
- B Relatividad De La Sentencia
- Cii Violaciones Al Debido Proceso
- Cii Ilegalidad En La Detención Bajo El Supuesto De Flagrancia Equiparada
- Ahora Es Necesario Poner En Contexto Los Antecedentes Relevantes Del Caso
- Aseguramiento Ministerial Del Bien Inmueble Donde Ocurrieron Los Hechos
- Artículo Derecho A La Libertad Personal
- Artículo
- Flagrancia Es Decir En El Momento Mismo De La Consumación Del Delito
- Resulta Aplicable A Ello El Criterio Siguiente Establecido En Mayo De Que Dispone
- Ciia Exclusión De Pruebas Ilícitas
- Cii Asistencia Técnica Insuficiente En La Etapa Ministerial
- Cii Vista Al Ministerio Público Con Posibles Actos De Tortura
- En La Última Ejecutoria Referida Conviene Destacar Lo Siguiente
- La Carga De La Prueba Para Acreditar Tortura No Es Del Que La Alega
- La Regla De Exclusión Aplica A Las Pruebas Directas Y Derivadas
- A Exista Denuncia De La Presunta Víctima Del Delito De Tortura O Cuando
- Al Respecto Es Aplicable La Siguiente Tesis De La Primera Sala Emitida En Mayo De
- Así Podemos Sintetizar Lo Antes Dicho De La Manera Siguiente
- Cii Obtención De Indicios En Contravención Al Derecho De Inviolabilidad De Domicilio
- Inspección Ministerial Practicada En El Lugar De Los Hechos El Domicilio Anterior
- Dictamen De Criminalística Fijación Fotográfica Del Lugar De Los Hechos Y Descripción
- Placas Fotográficas De Los Objetos Descritos
- La Autorización Del Ocupante Del Domicilio
- D Estudio
- Y Posterior Ampliación
- Química Forense Practicada Al Occiso
- Químicotoxicológico Practicado Al Occiso Emitido Por Mario A Ruiseco Bautista
- Mecánica Y Avalúo De Vehículo Emitido Por Rodolfo Albarrán Serrano
- Testimonial De Descargo Rendida Por Madre Del Quejoso
- Deje Insubsistente La Sentencia Reclamada
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Fojas A Reverso Ibídem
- Fojas Y Ibídem
- Fojas A Del Tomo I De La Causa Penal
- Página De La Ejecutoria De La Contradicción De Tesis
- Fojas Y Del Tomo Ii Ibídem
- Artículo Serán Responsables Del Delito De Tortura
- Foja Del Tomo Ii Ibídem
- Fojas Y Del Toca De Apelación
- De Acuerdo Con Las Que Consideró La Sala En La Emisión Del Acto Reclamado