Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 002/01
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 002/01

    Fecha: 05-Ene-2001

    IV.4

    IV.4    Que el art. 81 de la citada Ley dispone que para los sectores de refinación, gas licuado de petróleo, gas natural y derivados, el Estado mediante el SIRESE fijará precios máximos para el  mercado interno por un plazo inicial de 5 años, conforme a Reglamento. Dicho plazo es prorrogable de acuerdo al comportamiento del mercado.

    • I.1.
    • I.2
    • I.3
    • I.4
    • I.5
    • I.6
    • I.7
    • III.2
    • III.3
    • III.4
    • III.5
    • III.7
    • III.8
    • IV.1
    • IV.2
    • IV.3
    • IV.4
    • IV.5
    • IV.6
    • V.1
    • V.2
    • V.3
    • V.4
    • V.5
    • V.6
    • V.7
    • V.8
    • CONSIDERANDO VI

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca