SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 52/2002
Fecha: 27-Jun-2002
VI.4.
VI.4. Que, en este contexto se tiene que conforme a la exposición de motivos de la Ley impugnada, la fijación de tarifas así como la limitación del tiempo de la propaganda electoral, están dirigidas a que la actividad política y dentro de ella la campaña electoral no se convierta en una empresa millonaria inalcanzable para unos y alcanzable para otros; y naturalmente, también para evitar la dependencia que los partidos políticos puedan adquirir de los centros privados de poder, lo cual se presentaría a través del financiamiento de costosas campañas electorales; precautelando con la regulación aludida, que no se exija a los mismos, en reciprocidad, gabelas o privilegios que degeneren la actividad política y consecuentemente el correcto desempeño de la función representativa.
- Vistos:
- I.1.
- I.2.
- I.3.
- I.4.
- I.5.
- I.6
- I.7.
- Considerando II
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6
- II.8.
- III.1.
- III.4.
- IV.1.
- nomen juris
- CONSIDERANDO V
- V.1.
- V.2.
- V.4.
- V.5.
- V.6.
- 1.
- 2. El derecho exclusivo de los partidos políticos a la contratación de tiempos y espacios de propaganda electoral,
- VI.2.
- VI.4.
- VI.5.
- VI.6.
- VI.7.
- VII.1.
- VII.2.
- VII.3.
- VII.4.
- VII.5.
- VIII.1.
- VIII.2.
- la Corte Nacional Electoral”;
- CONSIDERANDO X