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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1584/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1584/2005-R

    Fecha: 07-Dic-2005

    II.10.

    II.10.   El 20 de mayo de 2005, Fiscal José Salvatierra Gonzáles, refiriendo que en la SC 1929/2002-R se había expresado que la detención del representado del recurrente, era producto de un proceso penal concluido y que no correspondía presentar nueva acusación en desconocimiento del art. 4 del CPP; empero, cumplía con la conminatoria de presentar acusación contra “el reo rematado” (fs. 78 a 80).

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • a)
    • i)
    • 1)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • II.12.
    • II.13.
    • II.14.
    • III.1. Delimitación del análisis de la problemática
    • III.2.
    • III.3.
    • III.4.   Respecto a la actuación que debe adoptar un juez que se considere incompetente frente a una solicitud de aplicación de medidas cautelares
    • III.5.1. Con relación a la actuación del Fiscal
    • III.5.2. Con relación al Juez de Instrucción de Vallegrande
    • III.5.3. Sobre la actuación del Juez de Instrucción de Samaipata
    • III.5.4. Sobre la actuación de los vocales de la Sala Penal Primera

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